Sumarios y Anuncios Sumario  
 

Anuncio Publicado el Lunes , 12 de Enero de 2009 .- Número 006

Descarga en PDF( 25,00 Kbytes )

DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Cédula de notificación de resolución de reintegro de prestación por incapacidad temporal.

En el expediente de Incapacidad Temporal número 07/1080, a nombre de doña Julia M. González Martínez (72094103 M), se ha dictado resolución, el 28 de octubre de 2008 (número de registro de salida 041662) por la cual se declara la obligación de reintegrar la cantidad de 312,88 euros, de acuerdo con los artículos 45 y 131 bis.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (BOE de 29 de junio de 1994) y en base a los siguientes hechos:

1.- El 31 de octubre de 2006 causó baja médica por enfermedad común. La cobertura de la prestación correspondía al INSS.

2.- Ha recibido el subsidio en la modalidad de pago directo hasta 30 de junio de 2008. El 30 de abril de 2008 había agotado el plazo máximo de dieciocho meses en esta situación. Como consecuencia se había prorrogado el pago hasta la calificación de la Incapacidad Permanente.

3.- El 12 de junio de 2008 recayó resolución por la que se denegaba la prestación de Incapacidad Permanente en cualquiera de sus grados.

4.- Ha percibido indebidamente la cantidad de 312,88 euros, correspondiente al período 13 de junio de 2008 a 30 de junio de 2008.

El importe a reintegrar deberá ser ingresado en el Banco Sabadell en Santander, en la cuenta 0081-7140-09-0001151421, abierta a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, cuenta de ingresos del INSS, en el plazo de treinta días a partir del siguiente a esta notificación.

Contra dicha resolución podrá interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional ante esta Dirección Provincial, en el plazo de treinta días contados a partir de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (BOE del 11).

Se le advierte que en el caso de no efectuar el ingreso en el plazo señalado, una vez la presente resolución sea firme, se comunicará la misma a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 y 102 del Real Decreto 1637/1995 de 6 de octubre (BOE de 24 de octubre), que aprueba el Reglamento de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Por haber resultado sin éxito la notificación por el procedimiento ordinario, se expide la presente cédula.

Santander, 11 de diciembre de 2008.–El director provincial, P.D. de firma Acuerdo de 22 de enero de 2007, BOC de 13 de febrero de 2007, la subdirectora provincial de Incapacidad y Control de Pensiones, Arsenia Suárez Fernández.

arriba
CENTRO DE INFORMACIÓN Y PUBLICACIONES
E-mail: boletin_oficial@gobcantabria.es

Actualizado a 9 de enero de 2009